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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26965 >> Fecha 06/04/1998 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26965 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Corresponderá a la Contraloría de Servicios las siguientes funciones:

Artículo 2°—Corresponderá a la Contraloría de Servicios las siguientes funciones:

 

a) Establecer un sistema de atención, control, seguimiento o resolución, mediante recomendación y respuesta oportuna, sobre las quejas, reclamos o sugerencias presentadas por los usuarios, con el objeto de garantizar los derechos de los ciudadanos.

b) Vigilar la debida prestación de servicios, identificando deficiencias y situaciones de conflicto con el propósito de emitir las recomendaciones pertinentes ante el Ministro de Justicia.

c) Coadyuvar en el control interno sobre la prestación de todos los servicios que brinda la Institución, intercediendo a favor de los usuarios.

d) Procurar la definición, adquisición y utilización de indicadores de gestión para identificar debilidades organizativas dentro de te prestación de servicios de esta Institución.

e) Presentar propuestas ante el Ministro de Justicia para que se adopten políticas, normas y procedimientos en procura de una prestación de servicios oportuna y eficaz, que eleven la imagen del Ministerio.

f) Promover dentro del Ministerio de Justicia, procesos de modernización en la prestación de servicios.

g) Promover la creación, coordinación, seguimiento y evaluación de los programas específicos sobre información y orientación de los servicios públicos que presta este Ministerio. Para el cumplimiento de esta actividad se tomará en consideración las condiciones de cada dependencia u oficina.

h) Elaborar, mantener actualizado y divulgar un “Manual de Servicios”, el cual deberá contener información clara en cuanto a los derechos y obligaciones de los usuarios.

i) Propiciar en forma periódica y sistemática, la realización de encuestas de opinión entre los usuarios, que permitan- conocer su punto de vista, acerca de la calidad de los servicios que recibe de parte de la Institución y sus dependencias.

j) Servir de enlace y coordinación, a nivel institucional, entre MIDEPLAN, la Defensoría de los Habitantes y la Sociedad Civil.

k) Promover la creación de funciones contraloras en las distintas dependencias del Ministerio de (*)Justicia y Paz, y ejercer supervisión técnica sobre las mismas a fin de que cumplan eficaz y eficientemente con sus objetivos.

(*)(Modificada su denominación por el artículo 3° de la ley 8771 del 14 de setiembre de 2009)

l) Presentar informes semestrales ante el Ministro de Justicia, sobre las actividades desempeñadas por la Contraloría de Servicios, con copia al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

m) Toda otro función encomendada por el Ministro de Justicia, relacionada con el mejoramiento en la prestación de Servicios de la Institución.


 

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