Artículo 9º—Corresponde al Coordinador con la Empresa, o en su defecto,
al Director de la Institución Educativa, facilitar a los profesores del área
tecnológica de duodécimo año las tarjetas de evaluación para la Práctica
Profesional, con la finalidad de
Artículo 9º—Corresponde al
Coordinador con la Empresa,
o en su defecto, al Director de la Institución Educativa,
facilitar a los profesores del área tecnológica de duodécimo año las tarjetas
de evaluación para la
Práctica Profesional, con la finalidad de que las entreguen
al responsable en la empresa de evaluar al practicante. Además, el Coordinador
con la Empresa
o el Director de la
Institución Educativa deberá entregar la tabla de ponderación
para que el profesor asigne el valor de los rubros marcados por el empresario
en la tarjeta de evaluación, calcule la nota y entregue los resultados a la
administración del colegio.
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