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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34317 >> Fecha 15/01/2008 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34317 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16

Artículo 16.—El Proyecto se debe concebir como un proceso integral de desarrollo, de habilidades y destrezas del estudiante, por tanto, incluye acciones claras y precisas de investigación, planeamiento, ejecución y comprobación.


 

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