CAPÍTULO II
CAPÍTULO II
De la práctica profesional
Artículo
2º—La Práctica
Profesional tiene como finalidad que el estudiante tenga una
experiencia directa en el campo de su especialidad, en las empresas o
instituciones públicas o privadas; a la vez permite realimentar el subsistema
de Educación Técnica respecto a los ajustes que sea necesario introducir en los
planes y programas de estudio.
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