CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VII
Del director de la
institución educativa
Artículo
38.—Es responsabilidad del Director de la Institución, además de
las funciones ya establecidas legalmente:
a) Garantizar la correcta aplicación del presente
Reglamento.
b) Organizar el proceso administrativo que conduce
al cumplimiento de los Requisitos de Graduación.
c) Asignar el profesor asesor encargado de dar
seguimiento y evaluar los proyectos finales que, como requisito de graduación,
ejecuten los estudiantes.
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