Artículo 8º—En la Práctica Profesional se deben realizar dos
evaluaciones, una al mes de transcurrida y otra al finalizar
Artículo 8º—En la Práctica
Profesional se deben realizar dos evaluaciones, una al mes de transcurrida y
otra al finalizar. En el caso de la Práctica Profesional fraccionada se hará
una en cada período.
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