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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 05/02/2008 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 3
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Artículo 3
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3º—Que al dejarse sin efecto el Plan Regulador de Cartago y su Reglamento de Zonificación, excepto el Plan Parcial Vial de Car

3º—Que al dejarse sin efecto el Plan Regulador de Cartago y su Reglamento de Zonificación, excepto el Plan Parcial Vial de Cartago ni la Zonificación Industrial establecida en el Reglamento de Zonificación Parcial de Área Industriales de la Gran Área Metropolitana, entrará de inmediato a regir en el Cantón Central de Cartago la norma regional y nacional vigentes, así claramente estipulado en el acuerdo de derogatoria (artículo 3° del Acta N° 49-06, de sesión extraordinaria celebrada el 18 de diciembre del 2006), en su Transitorio Primero, que dice: “Transitorio Primero: Hasta que no entre en vigencia el nuevo Plan Regulador de Cartago regirán los siguientes instrumentos legales en materia urbanística, sin orden de prelación y en forma no exhaustiva: A) Artículo 169 y siguientes y concordantes de la Constitución Política. B) Ley de Planificación Urbana, uso de suelo establecido en la cartografía de la Gran Área Metropolitana ubicada en el Alcance N° 15 a La Gaceta N° 66, del 7 de abril de 1997. C) Reglamento de Zonas Industriales de la Gran Área Metropolitana. D) Ley de Construcciones y su Reglamento. E) Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones. F) Reglamento Municipal de Construcciones. G) Código Municipal. H) Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y su Reglamento. I) Reglamento para el Trámite de Visados de Planos para la Construcción. J) Ley General de Salud. K) Ley Orgánica del Ambiente. L) Cualquier otra normativa nacional vigente y que durante este período transitorio se pudiera emitir”.


 

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