Artículo 3º—Adiciónese al Decreto Ejecutivo número 32333-MP-J, publicado
en La Gaceta del 29 de abril del 2005, el artículo 25 bis que se leerá de la
siguiente forma:
Artículo 3º—Adiciónese
al Decreto Ejecutivo número 32333-MP-J, publicado en La Gaceta del 29 de
abril del 2005, el artículo 25 bis que se leerá de la siguiente forma:
Artículo 25 bis.—Recursos:
Contra la resolución que dicta el rechazo, archivo o desestimación de la
denuncia, cabrá, por parte del denunciante, los recursos de revocatoria y
apelación, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la comunicación,
conforme al régimen de impugnación establecido en la Ley General de la
Administración Pública.
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