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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34409 >> Fecha 27/02/2008 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34409 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Adiciónese al decreto ejecutivo número 32333 MP-J, publicado en La Gaceta del 29 de abril del 2005, el artículo 82 bis, el cual se leerá de la siguiente forma:

Artículo 4º—Adiciónese al decreto ejecutivo número 32333 MP-J, publicado en La Gaceta del 29 de abril del 2005, el artículo 82 bis, el cual se leerá de la siguiente forma:

 

Artículo 82 bis.—Exclusión de declarantes. La Contraloría General de la República mediante resolución debidamente fundamentada, la cual se basará en aspectos de razonabilidad, proporcionabilidad, monto económico o grado de responsabilidad, podrá eximir de su obligación de presentar declaración jurada de bienes, a aquellos funcionarios afectos a dicha obligación.

 

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