Artículo 21
- Artículo 21.—Documentación
Interna y Legalización de Libros. La Unidad de Documentación Interna
y Legalización de Libros estará bajo la responsabilidad de un Jefe de
Unidad, que entre sus funciones tendrá la apertura y cierre de los libros
que corresponda llevar a los órganos bajo la competencia de la Auditoría
Interna, custodiar el archivo de la documentación preparada por los
auditores en razón de sus trabajos, mantener los controles de ejecutoria
de la Dirección, dar seguimiento a las advertencias que emita
directamente la Dirección, llevar todos los controles administrativos de
la Dirección y coadyuvar en los sistemas de control de calidad y control
de presupuesto.
- Adicionalmente
podrá ejecutar labores de fiscalización cuando así lo determine el
Auditor Interno.
- (Así reformado por el artículo 1° del
decreto ejecutivo N° 39194 del 2 de junio de 2015)
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