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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34427 >> Fecha 09/01/2008 >> Articulo 48
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34427 - Articulo 48
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Artículo 48
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CAPÍTULO X

CAPÍTULO X

 

Derogatorias y Vigencia

 

Artículo 48.—Derogatorias y modificaciones. Se deroga cualquier disposición administrativa que se le oponga.

a)         Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 19994-MEP, del 14 de setiembre de 1990, Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública.

b)         Modifíquese el inciso a) del artículo 90 del Decreto Ejecutivo N° 31024, Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, para que se lea así:

“a) Ejercer fiscalización sobre las operaciones contables, financieras, administrativas y de otra naturaleza que realicen las Juntas con los fondos suministrados por el Ministerio, lo cual incluye verificación de que se cumplan con las prioridades regionales establecidas de acuerdo con la política nacional de educación.”

c)         Modifíquese el inciso d) del artículo 91 del Decreto Ejecutivo N° 31024, Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, para que se lea así:

“d) Evaluar el sistema de control interno de las Juntas y en particular el control de las Direcciones Regionales sobre ellas.”


 

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