Transitorio VII
Transitorio
VII.—La Comisión Interinstitucional para la Educación y Conciencia Pública e
Investigación en Biodiversidad, creada en el artículo 75 de este Reglamento,
deberá elaborar en un plazo de doce meses, a partir de la publicación del
presente Decreto Ejecutivo, su Reglamento interno de funcionamiento.
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