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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34436 >> Fecha 21/01/2008 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34436 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12

Artículo 12.—Funciones del Auditor Interno. Las funciones del Auditor Interno tienen características de orden sustantivo y estratégico en el diseño, implementación, dirección, evaluación y mejora constante de la calidad de los procesos, procedimientos, productos y servicios que corresponden a la Auditoría Interna. El Auditor Interno tendrá bajo su responsabilidad la coordinación y el control funcional de las unidades descentralizadas de Auditoría Interna que eventualmente llegaren a existir en MIDEPLAN.

El Auditor Interno responderá directamente por su gestión ante el Ministro y en lo conducente ante la Contraloría. El Auditor Interno realizará sus funciones con independencia funcional y de criterio.

El Auditor Interno actúa como jefe del personal de la Auditoría Interna y en esa condición ejerce todas sus funciones. Corresponde al Auditor Interno administrar el personal de la Auditoría Interna, con funciones de planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar, evaluar, motivar, informar decisiones y brindar apoyo de capacitación, entre otras, para el logro adecuado de objetivos y metas de la Auditoría Interna, así como para garantizar un recurso humano competitivo en el ejercicio de las labores respectivas.


 

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