CAPÍTULO V
Del
Procedimiento de Inscripción de los Laboratorios
Artículo 11.—Trámite
de la inscripción. Las personas físicas o jurídicas interesadas en
solicitar la oficialización de uno o más ensayos deben presentar ante LANASEVE
la solicitud que deberá contener:
11.1.) Nombre completo,
domicilio físico, correo electrónico, números de teléfono y fax del laboratorio.
Cuando se trate de personas jurídicas aportar la correspondiente certificación
de personería que acredite la condición legal y facultades del solicitante, con
una antigüedad no mayor a tres meses, copia de la cédula jurídica o de
identidad según se trate de una persona jurídica o física. Si el trámite no lo
realiza directamente el interesado o su representante legal, aquel debe otorgar
autorización autenticada o poder especial que le otorgue poder suficiente para
que se realicen en su nombre aquellas gestiones necesarias para su inscripción
en el Registro.
11.2.) Indicación exacta
del ensayo o ensayos en que solicita tener carácter de laboratorio con ensayo
oficializado y la condición: primera o segunda parte.
11.3.) Indicación expresa
de estar dispuesto a respetar las directrices y regulaciones vigentes.
11.4.) Indicar si se
encuentra con algún ensayo acreditado ante el ECA. En tal caso únicamente debe
presentar copia del certificado de acreditación con el anexo técnico donde se
especifique el alcance. Si los ensayos que ofrece el laboratorio para ser
oficializados están en proceso de ser acreditados por el ECA, el laboratorio
únicamente debe presentar una certificación del estado de avance en que se
encuentra dicho proceso. Cuando el laboratorio tenga ensayos acreditados o en
proceso de acreditación, el SENASA solicitará y el ECA suministrará la
información necesaria. De no contar con ninguna de las dos categorías
anteriores deberá de aportar además la siguiente información:
11.5.) Nombre y calidades
del personal a cargo de realizar los análisis solicitados.
11.6.) Área física
designada para tal fin.
11.7.) Equipo con que
cuenta para realizar este tipo de ensayo, con las especificaciones del mismo.
Todo laboratorio con ensayo oficializado deberá reportar al SENASA cualquier
circunstancia que cambie o modifique los datos ofrecidos en el trámite de
inscripción.
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