Artículo
10.—Del
nivel estratégico. El
nivel estratégico del nivel central está conformado por:
a)
La Dirección General de Salud.
b)
Planificación y Desarrollo Institucional.
c)
La Dirección de Asuntos Jurídicos.
d)
La Unidad de Asuntos Internacionales en Salud.
e)
La Contraloría de Servicios.
(Así reformado por el artículo 1° del
decreto ejecutivo N° 38968 del 23 de febrero de 2015)
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