CAPÍTULO XII
De la Organización del Nivel Local
Artículo 65.—De las unidades organizativas del nivel local. El nivel local del Ministerio de
Salud cuenta con dos tipos de unidades organizativas:
a) Direcciones de Áreas Rectoras de Salud.
b) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros infantiles de Atención Integral,
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de 2012)
b.1) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros infantiles de Atención Integral,
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de 2012)
b.2) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros infantiles de Atención Integral,
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de 2012)
b.3) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros infantiles de Atención Integral,
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de 2012)
Las unidades organizativas del nivel local responden a un
modelo de desconcentración técnico, administrativo y geográfico y dependen jerárquicamente
de las direcciones regionales.
|