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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34510 >> Fecha 04/04/2008 >> Articulo 69
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34510 - Articulo 69
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Artículo 69
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CAPÍTULO XIII

De la Organización Interna de las Direcciones

de Áreas Rectoras de la Salud

Artículo 69.—De las Direcciones de Áreas Rectoras de Salud. Las Direcciones de Áreas Rectoras de Salud dependen de las Direcciones Regionales de Salud. Su objetivo consiste en garantizar el cumplimiento del marco estratégico institucional a nivel local, asegurando que el componente local de todos los procesos institucionales se ejecuten de manera articulada, eficaz, con la calidad requerida, acorde con el Modelo Conceptual y Estratégico de la Rectoría de la Producción Social de la Salud y con los lineamientos tácticos emitidos por el Director Regional de Rectoría de la Salud.

Las Direcciones de Áreas Rectoras de Salud están conformadas de la siguiente manera:

a)    Despacho del Director de Área Rectora de Salud.

b)    Consejo de Gestión de Área Rectora de Salud.

c)    Equipo de Promoción de la Salud.

d)    Equipo de Vigilancia de la Salud.

e)    Equipo de Formulación y Evaluación de Estrategias en Salud. 

f)     Equipo de Regulación de la Salud. 

g)    Equipo de Atención al Cliente. 

h)    Equipo de Apoyo Logístico y Administrativo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 38150 del 2 de diciembre del 2013)

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