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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34510 >> Fecha 04/04/2008 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34510 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.—De la Dirección de Atención al Cliente. La Dirección de Atención al Cliente depende orgánicamente de la Dirección General de Salud. Su objetivo consiste ejecutar el proceso de Atención al Cliente Interno y Externo en el nivel central, acorde con los lineamientos estratégicos emitidos por el Director General de Salud, normalizando la ejecución de este proceso en el nivel regional y local y asesorando a quienes lo requieran.

Esta Dirección cuenta con las siguientes unidades organizativas:

 

a) Unidad de Plataforma de Servicios.

 

b) Unidad de Gestión de Trámites.

 

c) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 37497 del 30 de noviembre de 2012)


 

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