Artículo 7º—De los niveles de gestión
institucional. La estructura organizacional del Ministerio de Salud se divide en
tres niveles de gestión, que tienen las siguientes características:
a) Nivel central. Constituye el nivel
político-estratégico y técniconormativo de la institución. Determina, formula y
garantiza el cumplimiento de las políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices,
planes, proyectos, procedimientos y sistemas que aseguren la implementación del
marco estratégico institucional. Brinda supervisión capacitante al nivel
regional y acompañamiento técnico, según corresponda, a los niveles regional y
local. Ejecuta directamente las actividades operativas para cumplir con las funciones
específicas de rectoría de la salud en ámbitos geográficos que requieren de un
abordaje nacional o multiregional. Para cumplir con las funciones sustantivas
de rectoría y de provisión de servicios de nutrición y desarrollo infantil, el
nivel central cuenta con dos tipos de unidades organizativas:
a.1) Dirección General de Salud.
a.2) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros Infantiles de Atención
Integral, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de
2012)
b) Nivel regional. Constituye el nivel
político-táctico y enlace entre el nivel central y el nivel local. Apoya a las
unidades organizativas del nivel central en la determinación, formulación y en
la garantía del cumplimiento de las políticas, reglamentos, normas,
lineamientos, directrices, planes, proyectos, procedimientos y sistemas que aseguren
la implementación del marco estratégico institucional.
Brinda supervisión capacitante y
acompañamiento al nivel local. Ejecuta
directamente las actividades operativas para cumplir con las funciones
específicas de rectoría de la salud en ámbitos geográficos que requieren de un
abordaje regional o multilocal. El nivel regional del Ministerio de Salud
cuenta con dos tipos de unidades organizativas:
b.1) Direcciones Regionales de Rectoría de la
Salud.
b.2) (Derogado
por el artículo 67 del Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición de Centros Infantiles de Atención
Integral, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 37270 del 27 de junio de
2012)
c) Nivel local. Constituye el nivel
político-operativo de la institución para la ejecución de las funciones
rectoras y de provisión de servicios de salud. Participa, conjuntamente con los
niveles central y regional, en la determinación, formulación y ejecución de las
políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes, proyectos, procedimientos
y sistemas que aseguren la implementación del marco estratégico institucional. El
nivel local del Ministerio de Salud cuenta con dos tipos de unidades
organizativas:
c.1) Direcciones de Áreas Rectoras de Salud.
c.2) (Derogado
este inciso por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 38150 del 2 de
diciembre del 2013)