Artículo 39.—Del Consejo Regional de Nutrición y Desarrollo Infantil. El Consejo
Regional de Nutrición y Desarrollo Infantil es coordinado por el Director
General de Nutrición y Desarrollo Infantil y constituye la instancia formal de
asesoría y coordinación entre el nivel central y el nivel regional. Le
corresponde colaborar con la formulación de los lineamientos estratégicos
regionales en este ámbito, acorde con las políticas y prioridades definidas por
el Ministro de Salud, y con la definición, seguimiento y evaluación del
accionar de la Dirección Regional de Nutrición y Desarrollo Infantil y de las
Unidades Locales de Nutrición y Desarrollo Infantil. Además, en esta instancia,
se comunican asuntos clave y, en general, se facilita la integración de los
esfuerzos regionales para contribuir con el logro del marco estratégico de los
Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil.
El Consejo de Gestión Regional de Nutrición
y Desarrollo Infantil está integrado por:
a) El Director General de Nutrición y
Desarrollo Infantil.
b) Los Directores Regionales de Nutrición y
Desarrollo Infantil.
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