Artículo 74.—De los Consejos de Dirección de los Servicios de Nutrición y
Desarrollo Infantil. Los Consejos de Dirección de los Servicios de
Nutrición y Desarrollo Infantil son instancias de asesoría y coordinación y
están coordinados por los Directores de las Direcciones de Servicios de
Nutrición y Desarrollo Infantil. Les corresponde colaborar con la formulación
de los lineamientos operativos de los Servicios de Nutrición y Desarrollo
Infantil, acorde con las políticas y prioridades definidas por el Ministro de
Salud, con los lineamientos estratégicos emitidos por el Director General de
Nutrición y Desarrollo Infantil y con los lineamientos tácticos establecidos
por los Directores Regionales; y con la definición, seguimiento y evaluación de
la cobertura y calidad de los servicios prestados. Además, en estas instancias,
se comunican asuntos clave y, en general, se facilita la integración de los
esfuerzos locales para contribuir con el logro del marco estratégico de los
Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil.
Los Consejos de Dirección de Nutrición y
Desarrollo Infantil están integrados por:
a) El Director de la Dirección de Servicios
de Nutrición y Desarrollo Infantil.
b) El coordinador del equipo itinerante.
c) Los coordinadores de los equipos de los
establecimientos.
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