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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34510 >> Fecha 04/04/2008 >> Articulo 74
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34510 - Articulo 74
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Artículo 74
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Artículo 74.—De los Consejos de Dirección de los Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil. Los Consejos de Dirección de los Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil son instancias de asesoría y coordinación y están coordinados por los Directores de las Direcciones de Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil. Les corresponde colaborar con la formulación de los lineamientos operativos de los Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil, acorde con las políticas y prioridades definidas por el Ministro de Salud, con los lineamientos estratégicos emitidos por el Director General de Nutrición y Desarrollo Infantil y con los lineamientos tácticos establecidos por los Directores Regionales; y con la definición, seguimiento y evaluación de la cobertura y calidad de los servicios prestados. Además, en estas instancias, se comunican asuntos clave y, en general, se facilita la integración de los esfuerzos locales para contribuir con el logro del marco estratégico de los Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil.

Los Consejos de Dirección de Nutrición y Desarrollo Infantil están integrados por:

 

a) El Director de la Dirección de Servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil.

 

b) El coordinador del equipo itinerante.

 

c) Los coordinadores de los equipos de los establecimientos.


 

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