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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34510 >> Fecha 04/04/2008 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34510 - Articulo 25
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Artículo 25
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CAPÍTULO VI

De la Organización interna de la División

Técnica de Rectoría de la Salud

 

Artículo 25.—De la División Técnica de Rectoría de la Salud.

La División Técnica de Rectoría de la Salud depende orgánicamente de la Dirección General de Salud. Su objetivo consiste en garantizar que los procesos de rectoría de la salud en el nivel central se ejecuten de manera articulada, eficaz y con la calidad requerida, acorde con las políticas públicas de salud, con las políticas de gestión institucional emitidas por el Ministro de Salud y apegadas a los lineamientos estratégicos establecidos por el Director General de Salud, garantizando el apoyo técnico necesario para que estas condiciones también se den en los niveles regional y local. 

De esta División dependen el Consejo Técnico de Rectoría de la Salud y las siguientes unidades organizativas:

 

a) Dirección de Mercadotecnia de la Salud.

 

b) Dirección de Vigilancia de la Salud.

 

c) Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud.

 

d) Dirección de Regulación de Salud.

 

e) Dirección de Garantía de Acceso a Servicios de Salud.

 

f) Dirección de Desarrollo Científico y Tecnológico en Salud.


 

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