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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34510 >> Fecha 04/04/2008 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34510 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32.—De la Dirección de Desarrollo Científico y Tecnológico en Salud. La Dirección de Desarrollo Científico y Tecnológico depende orgánicamente de la División Técnica de Rectoría de la Salud.  Su objetivo consiste en articular y ejecutar los procesos de rectoría en el ámbito del Desarrollo Científico y Tecnológico en Salud a nivel nacional, para garantizar que la generación de conocimiento científico y tecnológico responda a las prioridades nacionales, a criterios éticos y de calidad y que esté disponible, accesible y pueda ser utilizado como insumo para la toma de decisiones.

Esta Dirección cuenta con las siguientes unidades organizativas:

 

a) Unidad de Gestión de Investigaciones en Salud.

 

b) Unidad de Gestión de Tecnologías en Salud.


 

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