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 Normativa >> Ley 13 >> Fecha 10/01/1939 >> Articulo 46
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Normativa - Ley 13 - Articulo 46
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Artículo 46    (No vigente*)
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            Artículo 46.—Cuando los terrenos se dediquen a la cría o engorde de ganado, cada persona, familia o empresa, podrá obtener el arrendamiento de parcelas no mayores de quinientas hectáreas  y si se trata de destinarlas a cultivos agrícolas, las parcelas se  reducirán a doscientas cincuenta hectáreas.

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