Artículo 50.—Si la solicitud se conforma a los términos de ley, y la
Secretaría de Hacienda considera justa la estimación dada por el técnico, la
admitirá,, y pasará el expediente, con los planos y diligencias de medida, al
Juzgado Civil de Hacienda para que saque a remate el lote con la base fijada por
el Agrimensor y por el plazo concedido por la Secretaría de Hacienda.
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