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 Normativa >> Ley 13 >> Fecha 10/01/1939 >> Articulo 50
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Normativa - Ley 13 - Articulo 50
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Artículo 50    (No vigente*)
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            Artículo 50.—Si la solicitud se conforma a los términos de ley, y la Secretaría de Hacienda considera justa la estimación dada por el técnico, la admitirá,, y pasará el expediente, con los planos y diligencias de medida, al Juzgado Civil de Hacienda para que saque a remate el lote con la base fijada por el Agrimensor y por el plazo concedido por la Secretaría de Hacienda.

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