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 Normativa >> Ley 13 >> Fecha 10/01/1939 >> Articulo 64
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Normativa - Ley 13 - Articulo 64
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Artículo 64    (No vigente*)
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            Artículo 64.—En caso de que el Poder Ejecutivo considere necesario el levantamiento de un plano y amojonamiento de la zona que va a arrendarse, así lo dispondrá, y para el efecto se seguirán los trámites señalados en los artículos 47, 48 y 49 de esta ley, a costa del arrendatario.

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