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 Normativa >> Reglamento 3700 >> Fecha 23/04/2008 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento 3700 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25

 

Artículo 25.—Plazo de presentación de informe. En el plazo de cinco (5) días hábiles, el perito valuador presentará al Proceso de Operaciones el informe de avalúo, con el contenido y formatos aquí estipulados.

 


 

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