Artículo 36
Artículo
36.—Factores de evaluación. Los factores que se tomarán en cuenta para
las evaluaciones preliminares y definitivas son los siguientes:
a) Asesoría en avalúos y peritajes. 15%
b) Presentación oportuna, completa y ordenada de estudios
registrales y planos catastrados. 10%
c) Cumplimiento de plazos, para lo cual debe tomarse en cuenta
si existen atrasos justificados. 10%
d) Presentación oportuna y puntual de informes y su claridad a
satisfacción de INFOCOOP. 15%
e) Disponibilidad. 10%
f) Ética de la actuación profesional, tanto en la
cooperativa como ante el INFOCOOP. 10%
g) Sanciones impuestas por el Proceso de Operaciones. 10%
h) Permanencia en el rol como miembro activo, inactividad en el
rol por causas injustificadas. 10%
i) Otros de naturaleza objetiva que sean de interés para
el INFOCOOP. 10%
j) Estas evaluaciones serán confidenciales y solo serán
utilizadas con el fin aquí descrito.
Tres meses antes de la fecha de vencimiento del contrato de servicios
profesionales de los peritos valuadores, el Proceso de Operaciones deberá
realizar la evaluación definitiva del desempeño del perito valuador, para lo
cual requerirá del técnico asignado por el Proceso de Operaciones y la Proveeduría copia de los formularios indicados en este artículo al Proceso de
Operaciones y su calificación general preliminar de cada uno de ellos, lo cual
servirá para analizar la renovación de contrato.
El
perito valuador podrá solicitar copia de su evaluación definitiva y tres días
hábiles después de recibida, podrá manifestar lo que a bien tenga.
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