Artículo 39
Artículo
39.—Derogatorias. El presente Reglamento deroga expresamente el
Reglamento para Servicios de Peritajes y Avalúos en el INFOCOOP, aprobado por
Junta Directiva en acuerdo de sesión Nº 2708 artículo único, inciso 4.1, del
08/01/98 comunicado en oficio JD 025-98.
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