Artículo 5º—De la contratación de profesionales
Artículo
5º—De la contratación de profesionales. La preparación del Cartel del
concurso para renovación y preselección de peritos valuadores, se hará en forma
coordinada entre los Procesos de Administración y Finanzas-Proveeduría y
Operaciones, por medio de Licitación Pública y de conformidad con los procedimientos
de contratación establecidos en la Ley de Contratación Administrativa
y su respectivo Reglamento general.
La
selección final de los peritos valuadores corresponderá a la Junta Directiva del INFOCOOP, la cual estará basada en la preselección que realicen
los Procesos mencionados en el artículo anterior. Para ello se considerarán los
criterios de selección estipulados en el cartel de Licitación Pública.
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