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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 02/06/2008 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPITULO II

 

CAPITULO II

 

Organización

 

Artículo 4º—Concepto de auditoría interna. La auditoría interna como actividad independiente, objetiva y asesora, que da valor agregado y mejora las operaciones de la institución, coadyuva en el cumplimiento de los objetivos y metas de la organización, aportando un enfoque sistemático y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los procesos de gestión de riesgos, de control y de dirección, al proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y del resto de la administración se ejecutan conforme al marco legal y técnico y a las sanas prácticas. Todo lo anterior, de conformidad con lo que establece el artículo 21 de la Ley Nº 8292.

 


 

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