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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 02/06/2008 >> Articulo 28
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 28
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Artículo 28
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CAPÍTULO V

 

CAPÍTULO V

 

Funcionamiento de la Auditoría Interna

 

SECCIÓN I

Competencias, funciones, deberes y potestades

 

Artículo 28.—Competencias. La Auditoría Judicial tiene su ámbito de competencia en lo establecido fundamentalmente en la Ley Nº 8292, Ley Nº 7333, Ley Nº 7428; las disposiciones legales pertinentes; este Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Judicial; así como las normas, lineamientos, disposiciones, criterios u otros emitidos por la Contraloría, supletoriamente las normas y prácticas profesionales y técnicas pertinentes. También forman parte del ámbito de su gestión las instrucciones, metodologías, procedimientos y prácticas formalizadas por el Auditor o Auditora Interna.

 

En lo relativo a la administración de los recursos disponibles para su gestión, la Auditoría Interna deberá aplicar lo estipulado en la Ley Nº 8292 y la normativa contemplada en el Manual sobre Normas Generales de Control Interno para la Contraloría y las Entidades y Órganos sujetos a su fiscalización.

Todo lo anterior con las limitaciones del artículo 34 de la Ley Nº 8292.

 


 

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