Artículo 47
Artículo 47.—Recordatorio al jerarca o al titular subordinado sobre plazos. La
Auditoría Interna en sus informes y oficio de remisión, deberá recordar
expresamente los plazos con que cuentan el jerarca o el titular subordinado
para ordenar o resolver lo que corresponda. De la remisión de cada informe
deberá quedar consignada la fecha de recibido por parte de la unidad o despacho
destinatario. Asimismo, debe advertirse que la solicitud de nueva información o
la falta de ésta, no impedirá para que el jerarca o titular subordinado observe
el plazo improrrogable en que debe ordenar o resolver lo que juzgue pertinente,
so pena de incurrir en incumplimientos.
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