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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 03/06/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

 

Artículo 10.—Inamovilidad del Auditor Interno. El Auditor podrá ser suspendido o destituido de su cargo sólo por justa causa, por decisión emanada del Concejo Municipal, mediante acuerdo tomado por una votación de dos tercios del total de regidores del Concejo, previa formación de expediente, con suficiente oportunidad de audiencia y defensa en su favor, de acuerdo con el debido proceso; así como del dictamen previo y vinculante de la Contraloría General de la República, en aplicación de las disposiciones del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

 


 

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