CAPÍTULO IX
CAPÍTULO IX
Disposiciones finales
Artículo 49.—Modificaciones al Reglamento. A efectos de mantener el marco
normativo de la Auditoría Interna actualizado, le corresponde al Auditor
Interno proponer al Concejo Municipal de Talamanca, las modificaciones al
mismo.
Toda modificación deberá contar de previo a su emisión
oficial, con la aprobación de la Contraloría General de la República.
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