Artículo 29
Artículo 29.—Protección al
personal. Cuando el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus
funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, la institución
dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para
atender ese proceso hasta su resolución final, todo de conformidad con lo que
al efecto dispone el artículo 26 de la
Ley General de Control Interno.
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