Artículo 37
Artículo 37.—Ejecución del
presupuesto y del plan de adquisiciones. Corresponderá al Auditor Interno o
a quien delegue, autorizar los documentos de ejecución presupuestaria que
procedan y todo requerimiento de modificación al presupuesto anual asignado y
al plan anual de adquisiciones de la Auditoría Interna.
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