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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 23/06/2008 >> Articulo 99
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 99
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Artículo 99    (No vigente*)
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Artículo 99

Artículo 99.—Procesos de dirección. La actividad de la Auditoría Interna deberá fiscalizar y hacer las recomendaciones apropiadas para mejorar los procesos de dirección en el cumplimiento de los siguientes objetivos:

1)  Promover la ética y los valores de la Municipalidad.

2)  Proporcionar una garantía razonable sobre la gestión y responsabilidad eficaces en el desempeño de la organización.

3)  Comunicar adecuadamente la información de riesgo y control a las áreas pertinentes de la Municipalidad.

4)  Coordinar actividades, información y comunicación entre el Concejo Municipal, las jefaturas, los auditores y otros que evalúen la gestión institucional.


 

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