Artículo 123
Artículo 123.—Requisitos que deben reunir las
denuncias que se presentan:
1) Los hechos denunciados
deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el
detalle suficiente que permita realizar la investigación: el momento y lugar en
que ocurrieron los hechos y el sujeto que presuntamente los realizó.
2) Se deberá señalar la
posible situación irregular que afecta a la
Municipalidad para ser investigada.
3) El denunciante deberá
indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
4) El denunciante deberá
indicar con claridad un lugar para recibir notificaciones.
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