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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 23/06/2008 >> Articulo 20
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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Artículo 20

Artículo 20.—Organización interna. La Auditoría Interna se organizará y funcionará según el presente Reglamento y lo que disponga el Auditor o Auditora Interna, de conformidad con las disposiciones, normas, políticas y directrices que emita la Contraloría General de la República, será de acatamiento obligatorio.


 

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