Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 23/06/2008 >> Articulo 34
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 34     >>
Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 34
Ir al final de los resultados
Artículo 34    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 34

Artículo 34.—Requisitos para los cargos de Auditora o Auditor y Subauditora o Subauditor internos. Para su nombramiento, la Auditora o Auditor y subauditora o Subauditor internos deberán cumplir los requisitos que se establecen en los “Lineamientos sobre requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre del 2006, y la demás normativa institucional.


 

Ir al inicio de los resultados