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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 23/06/2008 >> Articulo 61
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 61
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Artículo 61    (No vigente*)
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Artículo 61

Artículo 61.—Utilización de “realizado de acuerdo con las normas”. Las funcionarias y funcionarios de la Auditoría Interna, en el ejercicio de sus facultades, deberán informar que sus actividades fueron realizadas de acuerdo con el Manual de Normas Para La Auditoría Inte rna.

Sólo podrán utilizar esta declaración si las evaluaciones del programa de mejoramiento de calidad demuestran que la actividad de la Auditoría cumple con esas Normas.

Cuando el incumplimiento del Manual de Normas afecte el alcance general o el funcionamiento de la actividad de la Auditoría Interna, deberá declararse y justificarse formalmente, así como realizar las gestiones correspondientes.


 

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