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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 23/06/2008 >> Articulo 98
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 98
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Artículo 98    (No vigente*)
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Artículo 98

Artículo 98.—Incorporación del conocimiento sobre controles. Los funcionarios y las funcionarias de la Auditoría Interna coadyuvarán con el SERVI mediante la incorporación de los conocimientos de los controles obtenidos en los estudios, mediante los productos de los servicios de Auditoría.


 

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