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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 07/05/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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SECCIÓN A

SECCIÓN A

Del auditor

Artículo 10.—Del Auditor Interno. La Auditoría Interna estará bajo la responsabilidad de un Auditor Interno, quién deberá cumplir con todos los requisitos que exige la Ley General de Control Interno para ocupar el cargo. Igualmente deberá conocer las disposiciones legales que rigen en el Sector Público. El Auditor Interno, tendrá como parte de sus deberes y responsabilidades, sin perjuicio de las establecidas por las leyes mencionadas y las disposiciones y directrices emanadas de la Contraloría General de la República, las que se mencionan:

a)  El cargo de Auditor Interno corresponde al máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de la Auditoría Interna. Es el responsable o la responsable de diseñar el proceso de planificación estratégica de la Auditoría Interna y el Plan Anual Operativo. Bajo este enfoque debe definir objetivos, valores, proyección y la dirección administrativa superior de la Unidad.

b)  Asimismo, le corresponde mantener vigente y actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Defensoría de los Habitantes de acuerdo con lo estipulado en el artículo 4 de este Reglamento.

c)  Tiene bajo su responsabilidad el diseño, implementación, dirección y evaluación de los procesos, procedimientos, productos y servicios que corresponden a la Unidad a su cargo, lo mismo que la coordinación y supervisión de las unidades desconcentradas que en el futuro pudieren crearse.


 

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