(Esta norma
se dejó sin efecto por el artículo 93 del Reglamento de organización y
funcionamiento de la auditoría interna de la Defensoría de los Habitantes, mediante
acuerdo N°2405 del 18 de enero del 2022)
Nº 00001365
LA DEFENSORA DE LOS HABITANTES
DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades
y atribuciones que le confiere la
Ley Nº 7319, Ley de la Defensoría de los Habitantes y su Reglamento dado
mediante el Decreto Ejecutivo Nº 22279 en sus artículos 8 y 9 inciso e) y con
fundamento en lo establecido en el artículo 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 22,
siguientes y concordantes de la
Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 del 31 de julio
del 2002; la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, la Ley Nº 7428 del 7 de
setiembre de 1994, Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna
en el Sector Público, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 246 del
16 de diciembre del 2004; los Lineamientos para la descripción de las funciones
y requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor,
publicados en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 205 del 24 de octubre del 2003; y el Manual
para la atención de los informes de la Contraloría General
de la República,
el Estatuto Autónomo de Organización de la Defensoría de
los Habitantes de la
República, artículos 5, inciso iv), 10, Acuerdo Nº 528-DH de
las diez horas del nueve de mayo del dos mil uno; y
Considerando:
I.-Que según Acción de
Personal Nº 94-000162 se incorpora a la Defensoría de los Habitantes la plaza de Auditor
Interno, hecho que se produce a partir del 16 de noviembre del año 1994.
II.-Que por el Informe
Nº RH-002-99 del 12 de mayo de 1999, la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos
recomienda la
Revaloración del Puesto de Auditor Interno. Mediante el
Acuerdo Nº 386 dado por la
Defensora de los Habitantes en ese entonces, Lic. Sandra Piszk Feinzilber, dictado a las
catorce horas del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se acuerda
equiparar la categoría del puesto de Auditor Interno con la categoría de
Director de Área, siendo que el puesto fue revalorado a partir del 1 de octubre
de 1999.
III.-Que el marco legal
que rige la actividad de la Auditoría Interna ha tenido cambios importantes
desde que entró a regir la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República
en fecha 7 de setiembre de 1994, y principalmente con la emisión de la Ley General de Control
Interno del 31 de julio del 2002, así como el Manual de Normas Generales de
Control Interno emitido por la Contraloría General de la República,
publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 107 del 5 de junio del 2002 y con la
promulgación de la Ley
Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública,
Ley Nº 8422 del 6 de octubre del 2004, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 212 del
29 de octubre del 2004.
IV.-Que acorde con este
nuevo marco legal, la Contraloría General de la República emitió
el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna
en el Sector Público publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 246 del
16 de diciembre del 2004.
V.-Que el inciso h) del
artículo 22 de la Ley
General de Control Interno, establece que como una de las
competencias de la
Auditoría Interna es la de "mantener debidamente
actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna."
VI.-Que la Auditoría Interna
es parte fundamental del sistema de control interno institucional y del sistema
de control y fiscalización superiores de la Hacienda Pública
y su acción fiscalizadora requiere ser reforzada conforme con el marco legal y
técnico que regula su gestión, en defensa del interés público; por lo que es
necesario que disponga de un Reglamento de Organización y Funcionamiento
actualizado, acorde con la normativa que rige su actividad.
VII.-Que la elaboración
del presente reglamento se realizó conforme a lo establecido en la resolución
R-CO-93-2006 del 17 de noviembre de 2006; de la Contraloría General
de la República
(Directrices Generales relativas al Reglamento de la Organización y
Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público
D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ).
VIII.-Que de acuerdo con
el artículo 23 de la Ley
General de Control Interno, dicho Reglamento deberá ser
aprobado por la
Contraloría General de la República,
publicarse en el Diario Oficial y divulgarse en el ámbito institucional.
IX.-Que la Contraloría General
de la República,
mediante el Oficio DAGJ-0627-2008 del 21 de mayo del 2008 confirió su
aprobación al presente Reglamento. Por tanto,
DECRETA:
El Reglamento de
Organización y Funcionamiento
de la Auditoría Interna
de la Defensoría
de los
Habitantes
CAPÍTULO 1
Disposiciones
generales
Artículo 1º-Objetivo.
El presente Reglamento, conjuntamente con las disposiciones consideradas en la Ley General de Control
Interno, la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, los
Manuales Técnicos y las disposiciones y directrices emanadas del ente
contralor, constituyen el marco de acción y funcionamiento de la Auditoría Interna
de la Defensoría
de los Habitantes de la
República.