Artículo 6º—De la Auditoría Interna
Artículo 6º—De la Auditoría Interna. La Auditoría Interna de la Defensoría de los Habitantes es un órgano que realiza su actividad
en forma independiente, objetiva, asesora y que proporciona seguridad a la Institución, puesto que ha sido creada para validar y mejorar sus
operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales,
mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y
mejorar la efectividad de la Administración del riesgo, del control y de
los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a la
Ley General de Control Interno. Dentro de la estructura orgánica de la Defensoría de los Habitantes depende del Despacho del Defensor(a)
de los Habitantes con independencia funcional y de criterio, que brinda
servicio de asesoría y advertencia a la Defensoría y de esta manera coadyuva al logro de los objetivos de
la organización. Su ubicación dentro de la estructura administrativa interna
corresponde a la de un órgano de alto nivel dentro de la Defensoría de los Habitantes.
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