Artículo 8º—Ámbito de competencia
Artículo 8º—Ámbito de
competencia. La Auditoría Interna tiene competencia para
fiscalizar la administración de los fondos públicos propiedad de la Defensoría de los Habitantes, incluyendo fondos especiales y otros
similares, pudiendo hacerlo en forma directa o mediante la contratación de
servicios de auditores externos. Además tiene competencia para realizar todas
aquellas tareas que han sido definidas en el artículo 22 de la
Ley General de Control Interno y otras disposiciones normativas que también
asignan esas labores a la Auditoría Interna.
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