Artículo 21.—Servicios de
auditoría. Son aquellos referidos a los distintos tipos de auditoría:
auditoría financiera, auditoría operativa, auditoría de control interno y
estudios de carácter especial, considerando como parte de este último, aquellos
de los que puedan derivarse posibles responsabilidades.
Auditoría Financiera: Comprende la auditoría de
estados financieros que tiene por objetivo determinar la razonabilidad de los
mismos, de conformidad con el marco normativo aplicable.
Otros objetivos de las auditorías financieras, con distintos
niveles de seguridad y distintos alcances de trabajo, pueden incluir:
• La
presentación de informes especiales para elementos, cuentas o partidas
específicas de un estado financiero.
• La revisión
de información financiera intermedia.
• El análisis
de otros aspectos específicos relacionados con la información financiera.
Auditoría Operativa: Es el examen objetivo,
sistemático y profesional de evidencias, realizado con el fin de evaluar en
forma independiente el desempeño de una entidad, programa o actividad, a efecto
de mejorar la eficacia, eficiencia y economía en el manejo de los recursos
públicos, para coadyuvar en la toma de decisiones por parte de los responsables
de adoptar acciones correctivas.
Auditoría de Control Interno: Comprende estudios relativos a
evaluaciones del sistema de control interno para determinar su cumplimiento,
validez y suficiencia; pueden versar sobre uno o todos sus componentes
funcionales y puede ser aplicado sobre un objeto de fiscalización en particular
o a todo el Ministerio en este último caso en cuanto al diseño y aplicación del
modelo legal y técnicamente establecido; todo lo cual estará definido en los
planes anuales así como delimitado en el alcance de cada estudio particular.
Auditoría de Carácter Especial: Comprende aquellos estudios
independientes encaminados al examen de aspectos específicos, de orden
contable, financiero, presupuestario, administrativo, económico, jurídico, y
operaciones de otra naturaleza ligadas al manejo de fondos públicos y que son
originados, por denuncias; por el estudio de irregularidades determinadas al ejecutar
auditorías operativas o financieras; y por aquellos asuntos planificados que no
se enmarcan en los propósitos de las auditorías Financieras, Operativas y de
Control Interno.