CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
Responsabilidades y control
Artículo 12.—Determinación
de responsabilidad: Toda responsabilidad será determinada de acuerdo con
los procedimientos administrativos de la
Ley General de la Administración Pública y demás normativas aplicables
a la entidad competente, asegurando a las partes en todo momento, las garantías
constitucionales relativas al debido proceso y la defensa previa, real y
efectiva y sin perjuicio de las medidas preventivas procedentes.
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