Artículo 15
Artículo 15.—Auditoría al
proceso de acreditaciones que no corresponden: El Jerarca de la Institución deberá solicitar a la Auditoría Interna de su dependencia, incluir en
el programa de trabajo de esa dependencia, como mínimo la realización de una
auditoría anual del proceso de pagos que no corresponden, con el fin de evaluar
la suficiencia y la efectividad del sistema de control establecido. Del
respectivo informe se deberá enviar una copia a la Tesorería Nacional, para lo que corresponda.
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